CON LUGAR, la demanda de Reivindicación, incoada por el FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL FRANCISCO DE MIRANDA en contra del ciudadano MONIR HADAD RAHBE.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas al parte demandada, por haber resultado vencida totalmente.
3. Se ordena la entrega material del terreno propiedad del FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL FRANCISCO DE MIRANDA, por parte del ciudadano MONIR HADAD RAHBE, plenamente identificado en autos, libre de obstáculos incluyendo el fondo de comercio El Califa, ocupado indebidamente, una vez declarada definitivamente firme la sentencia.
4. De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes