En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1. SIN LUGAR, la demanda de DAÑOS MORALES, interpuesta por la ciudadana LOURDES DEL CARMEN GONZALEZ ROJAS en contra de los ciudadanos DOMENICO FRICASE FRISOTE y ANA GOMEZ DE FRICASE.-
2. Se ordena librar notificaciones de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
3. De conformidad con lo establecido en el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida.-
4. De conformidad con lo pautado en el articulo 248ejusdem, se ordena dejar copia certificada para el archivo del Tribunal.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.-