En consecuencia, este Tribunal, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en consecuencia de causa, y dejando a salvo los derechos de terceros, declara procedente la RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO, de la ciudadana MARIA ELENA MADRIZ, la cual se encuentra insertada en el Libro de Registro Civil de Matrimonio correspondiente al año 2002, asentada bajo el Nº 30 de los Libros de Matrimonios que se lleva por ante la Alcaldía del Municipio Miranda del Estado Falcón; por lo que se le ordena corregir dicha Acta al Coordinador de Registro Civil, Seguridad y Orden Público del Municipio Miranda del Estado Falcón, así como también al Registrador Principal, ambos del Estado Falcón, estampando la nota marginal correspondiente en los asientos, con respecto al número de cédula de identidad de la ciudadana MARIA ELENA MADRIZ, que es: V-14.795.763.
Líbrense las Copias Certificadas ejecutoriadas a las Autoridades indicada.....