DISPOSITIVO DEL FALLO:
Por las razones antes expuestas, éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente; y en consecuencia, DECLARA EL DIVORCIO, solicitado por los Ciudadanos: HORACIO RAMON GARABAN MELENDEZ Y OLGA MARIA CESPEDES GARCIA, ambos mayores de edad, venezolanos, de ocupación chofer el primero y de oficios domésticos la segunda, domiciliado el primer en Churuguara y la segunda en Maparari Parroquia Maparari del Municipio Federación del Estado Falcòn, jurídicamente hábiles y titulares de las cedulas de identidad No V- 1.779.269 y V-3.098.950, respectivamente, cónyuges entre si, debidamente asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio AMIR MAHMUD, inscr.....