Ahora bien, con vista a los documentos públicos presentados donde se constata el error material, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, Impartiendo Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PROCEDENTE la rectificación de la Acta de Nacimiento a favor del Ciudadano: CESAR DAGOBERTO GARCIA, venezolano, mayor de edad, casado, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 11.471, actuando en su condiciòn de Apoderado Judicial del Ciudadano JESUS RAMON AMAYA LOVERA.-
la cual se encuentra inserta en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante el REGISTRO CIVIL PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON, inserta bajo el Nº 45, folio 20, correspondiente al año 1947, y en consecuencia, se ordena al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON Y COORDINADOR DEL REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO, DISTRITO.....