Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario del Transito y del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara lo decide: PRIMERO: Se declara con lugar la demanda que por Partición de Comunidad de bienes del de cujus ISBELIO RAMÓN ANDARA, esta integrado por los bienes que según se evidencia de las copias de documentos y de la planilla sucesoral, emanada del SENIAT bajo el Nro. 278/2002 donde se encuentra la planilla original, incoada por las ciudadana ACOSTA BORGE CARMEN AMANDA, en su carácter de heredera, representada por el Dr. PEDRO BURGOS, en contra de los ciudadanos: MUJICA DE ACOSTA ELOISA, ACOSTA MUJICA ISBELIO, ISBETH LORENA Y RICARDO ALFONSO, todos antes identificados, por lo que en consecuencia, se da por terminada la fase de conocimiento de este proceso de partición de comunidad ordinaria. SEGUNDO: De conformidad con .....