El Tribunal por cuanto observa que dicha solicitud no es contraria a derecho, al orden Público, a las buenas costumbres o/a disposición expresa de la Ley, ADMITE la presente solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio presentada por la Ciudadana TAMARA VICTORIA PEÑA DE GUZMAN.-
Ahora bien, expone la solicitante que le urge rectificar el Acta de Matrimonio, en la cual consta la celebración de su Matrimonio, celebrado el Trece (13) de Agosto de Agosto de dos mil tres (2003) con su cónyuge JORGE ANDRES GUZMAN GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-9.924.371, por ante la Prefectura de la Parroquia San Antonio del Municipio Miranda del Estado Falcón, quedando registrada con el Nro. 82, folios 82 Vto. del Tomo Duplicado de los Libros de Matrimonios correspondientes al año de dos mil tres (2003), documento el cual anexa y distingue como "A". Que en dicha acta de matrimonio presenta y adolece del siguiente error material: Al momento de la celebraro.....