Por todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
• PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el Procedimiento de DIVORCIO fundamentado en el artículo 185 del Código Civil, ordinal 2º, intentado por el Ciudadano GUZMAN RAMON COLINA MORLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-2.350.747, domiciliado en la Ciudad de Cabimas, Estado Zulia en contra de la ciudadana CARMEN YOLANDA LEAL DELMORAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.476.128, domiciliada en la calle Silva entre calle Democracia y Sol casa s/n, de ésta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón.
• SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay Condenación en Costas......