Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE, la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, presentada por el ciudadano VICENTE DE ABREU DE BARROS, contra la ciudadana ARELIS MARIA QUINTERO.- En consecuencia, este Tribunal, ordena emplazar a la ciudadana ARELIS MARIA QUINTERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nro. 7.108.180, para que sí o por medio de Apoderados comparezca por ante este la Sala de Despacho de este Tribunal, a cualquiera de las horas destinadas para Despachar de 8:30 a.m., a 3:30 p.m., al Segundo (2do) día de Despacho siguiente de que conste en autos dicha citación que se le ordena, a DAR CONTESTACION A LA DEMANDA, de conformidad con lo previsto en el Artículo 883 del Código de Procedimiento Civil.