En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1. CON LUGAR, la demanda de INDEMNIZACION DE DAÑOS MATERIALES Y PERJUICIOS POR ACCIDENTE DE TRANSITO TERRESTRE.
2. Se condena a la parte demandada a cancelar lo siguiente: CINCO MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 5.800.000,oo) mas UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo), por concepto de daños y perjuicios, asimismo se acuerda la corrección monetaria, para lo cual se ordena nombra experto, que calculara la devolución monetaria de conformidad con informe se le debe solicita al Banco Central de Venezuela.
3. De conformidad con lo pautado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada.
4. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 ejusdem, se ordena dejar copia certifi.....