En fuerza de los argumentos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la demanda que por pensión de alimentos intentará la ciudadana ELIZABETH LUCIA HERMAN BLANCO, en representación de las niñas Rusmely Yineska y Leity Marie Díaz Herman, contra el ciudadano YTIEL DAVID DIAZ MATA, todos identificados. En consecuencia se suspende la medida preventiva de embargo decretada en fecha 22 de Junio de 2006, participada a la empresa CORPORACION CTA, en esa misma fecha, según oficio Nº 883-576 y recaída sobre el 30% del sueldo o salario, utilidades, vacaciones y cualquier otro beneficio que le pueda corresponderle al demandado ciudadano Ytiel David Díaz Mata, titular de la cédula de identidad Nº 10.965.801 como trabajador al servicio d.....