Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos JOSE ALBERTO DAVALILLO RODRIGUEZ y ROSA GISELA MORON CARRASQUERO, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído el día 22 de Mayo de 2001, por ante la Prefectura Civil del Municipio Falcón del Estado Falcón.
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo de este despacho.