Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de incumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios incoada por la abogada ciudadana ELVIA MARTINEZ DE ROULLIER apoderada judicial de la empresa COEL, C.A. en contra de las KOCH GLITSCH PANAMERICAN TECHNICAL SERVICES, C.A., KOCH SPECIALTY PLANT SERVICES, INC y KOCH GLITSCH LP, antes identificados, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil. Se suspenden las medidas decretadas en el presente juicio. Librese oficio participando lo conducente.