Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A formulada por los ciudadanos RAMIRO JOSE GUANIPA DIAZ y CARMEN MARCELINA PEREZ MARIN,, ambos identificados y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que les une contraído el (19) de Febrero 1981, por ante el Alcalde del Municipio Los Taques, Distrito y Estado Falcón.
Remítase con oficio copia certificada al Registrador Principal del Estado Falcón y ante el Alcalde del Municipio Los Taques, Distrito y Estado Falcón. Líbrense oficios.
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME. Ejecútese el citado fallo.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo de este despacho......