Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano GERARDO JOSE ESPINOZA FLORES, y en consecuencia se designa tutor interino de la entredicha a la ciudadana CARMEN TERESA FLORES DE ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº 4.334.643.
Se insta a la solicitante a continuar el procedimiento y se impulsen las notificaciones de los expertos nombrados a los fines de que realicen la evaluación médica al entredicho GERARDO JOSE ESPINOZA FLORES.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo de este despacho.