Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE, para conocer del presente procedimiento de Rectificación de acta de Matrimonio presentado por el ciudadano JOSE MANUEL DE OLIVEIRA DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.570.907, asistido del abogado CESAR ENRIQUE MAVO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.138, declina la competencia en el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, con sede en Puerto Cabello, a quien se acuerda remitir dicha solicitud y la documentación anexa debidamente foliado y sellado con oficio. Así se decide.
Déjese, copia certificada en el archivo del Tribunal y constancia de su salida en el libro diario y de causas del Tribunal. .....