Por las razones que antecede, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano ANTONIO JOSE CASTILLO PINEDA, fundamentada en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil que configura la causal de abandono voluntario imputada contra la ciudadana OLINDA ROSA CHIRINOS DELGADO, ambos identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 23 de diciembre de 2005, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Norte del Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón.
Liquídese la sociedad conyugal.