Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A formulada por los ciudadanos: IDALIA MARIA AREVALO y PEDRO JOSE CHIRINO, ambos identificados y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que les une contraído el día veintiuno (21) de Febrero de 1969, por ante el Prefecto y Secretario del Distrito Miranda del Estado Falcón.