En fuerza de los argumentos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda que por pensión de alimentos intentara la ciudadana OLGA MARICELA LUGO CONTRERAS DE GARCES, en representación de la niña GENESIS BETSABETH GARCES LUGO y en contra del ciudadano WILMER JOSE GARCES MEDINA y en consecuencia se ordena:
1. Fijar una pensión de alimentos a favor de la niña GENESIS BETSABETH GARCES LUGO, en lo equivalente al treinta por ciento (30%), del sueldo o salario que devenga el ciudadano WILMER JOSE GARCES MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº 10.965.732, como trabajador al servicio de la empresa CONSORCIO REIMCA COSICA, cantidad que deberá seguir siendo descontada por el empleador, en forma continúa y por adelanta.....