Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE, para conocer del presente procedimiento de nulidad del acto administrativo presentada por la ALCALDIA DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DEL ESTAO FALCON, anteriormente identificada en contra de LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 235-06-2006, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS CARIRUBANA, FALCÓN Y LOS TAQUES DEL ESTADO FALCÓN y declina la competencia en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Maracaibo, que aun cuando tiene su Sede en otra localidad territorial, resulta el competente para que dentro de esta jurisdicción, conozca de la presente causa. Así se decide.
Remítase el presente expediente al J.....