Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el juicio de Cobro de Bolívares por Intimación, seguido por la SERVICIOS TRAVELS, 3000, C.A., contra la empresa GONZALEZ-STEFANELLI, SERVICIOS INDUSTRIALES C.A. (GOSTECA), identificada en actas, Decreta: De conformidad con el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, medida preventiva de embargo sobre bienes muebles que sean propiedad de la empresa GONZALEZ-STEFANELLI, SERVICIOS INDUSTRIALES C.A. (GOSTECA), hasta cubrir la cantidad de NOVENTA Y DOS MIL TRESCIETOS CUARENTA BOLIVARES FUERTE (Bs.F 92.340,00), cantidad esta que comprende el doble de la suma demandada mas los honorarios profesionales y las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal en lo equivalente al 25%. Si el embargo .....