CAPITULO III
Por todo lo antes expuesto ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DEL ESTADO FALCON ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a tener como INADMISIBLE la oposición al embargo ejecutivo practicado en fecha cinco (05) de diciembre de dos mil trece (2013), por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda del Estado Falcón, a favor del ciudadano ANTONIO SALAZAR BERMUDEZ titular de la cédula de identidad número 7.528.608, en contra del ciudadano JOSE RAFAEL SIERRA CASTRO titular de la cédula de identidad número 5.284.287, interpuesta por el ciudadano ISRAEL ANTONIO LEIDENZ titular de la cédula de identidad número 4.176.416, bajo el patrocinio del Abogado RENNY MARIN inpreAbogado número 152.434, en juicio por incumplimiento de contrato. ASI QUEDA ESTABLECIDO
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo C.....