Vista la diligencia de fecha 16 de junio de 200o, suscrita por los abogados OSCAR SIERRA DORANTE, en su carácter de apoderad judicial de la parte actora, PEDRO LOPEZ Y PEDRO NAVEDA, apoderados judiciales de la parte demandada, en la cual acuerdan suspender el presente juicio, por un lapso de quince (15) días de despacho, contados a partir del día 16 de junio de 2009. Este Tribunal homologa lo solicitado por las partes en el presente juicio y acuerda suspender la presente causa por un lapso de 15 días de despacho contados a partir del día 16 de junio de 2009. ASI QUEDA ESTABLECIDO.
EL JUEZ TEMPORAL
ABOG. EDUARDO YUGURI PRIMERA.
LA SECRETARIA
ABG. DENNY CUELLO
En la misma fecha se publico la anterior decisión quedando anotada bajo el No. 240,del libro de sentencia, siendo las 10.00.a.m..
LA SECRETARIA
Abog. Denny Cuello