Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, actuando en sede inquilinaria, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de DESALOJO incoada por el Abogado WILMAN ANTONIO CASTRO MOCIZO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana AURA JOSEFINA GUANIPA DE AREVALO contra la ciudadana ENEIDA TERESA ZAVALA.
SEGUNDO: Se CONDENA en costas a la parte actora de conformidad con lo establecido en los artículos 274 del Código de Procedimiento Civil.