Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el presente asunto signado con el Nro. 0666, contentivo del juicio por COBRO DE BOLIVARES, interpuesto en contra del ciudadano CARLOS ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.678.016, con domicilio en el Municipio Miranda Estado Falcón, asistido por la abogada AIDA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, Inpreabogado Nro. 8126, con domicilio en la Ciudad de Coro Estado Falcón, seguida por la abogada NATCARLY ISABEL BARROSO ACACIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.795.971, domiciliada. ASI SE DECIDE.
De conformidad con el artículo 283 ejusdem, no hubo condenatoria en costas