Por las razones que quedaron expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA -y en consecuencia extinguida la misma- en el procedimiento de PREPARACIÓN DE VIA EJECUTIVA propuesto por la ciudadana MARIA JOSÉ ANDRADE CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.978.816, domiciliada en la población de Los Taques, Municipio Los Taques del Estado Falcón, en contra de la ciudadana CAROLINA CASTELLANOS DE GAITI, también venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.824.260 y de igual domiciliado que la solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arancel Judicial y artículos 267 (ordinal 1º) y 269 del Código de Procedimiento Civil.