éste Juzgado de LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide. Publíquese, Regístrese y Compúlsense las copias de Ley.-
La Juez,
Dra. Reina María Gutiérrez Sánchez.
La Secretaria,
Lisbeth Atencio R.
En ésta misma fecha, treinta de abril del año dos mil tres, y constante de tres (3) Folios útiles, se publicó la anterior decisión como está ordenado en el auto anterior. Conste.-
La Secretaria,
Lisbeth Atencio R.