En atención a los argumentos antes esgrimidos es por lo que éste Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley a).- ORDENA de conformidad con lo preceptuado la parte infine del artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo estatuido en los dispositivos 4, 8, 379, 380 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente al Instituto de Capacitación Educativa, con sede en Caracas a través de la Dirección General de Recursos Humanos proceda a la Cancelación de las treinta y seis (36) mensualidades del monto de las Prestaciones Sociales correspondientes al ciudadano: ANDRES GREGORIO PIÑA PEROZO, equivalentes al 30% del sueldo de dicho Ciudadano, que dichas cantidades sean entregadas a la ciudadana JULISSA FERRER DIAZ en su carácter de representante del niño ............, b).- DECLARA CON LUGAR, la Concil.....