este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA CON COMPETENCIA EN MATERIA DE JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SERVICIOS PÚBLICOS) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano vigente, presentada por los ciudadanos: FELIX DANIEL RIERA y ANA JOSEFINA ALASTRE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, domiciliado el primero en la calle Jose Ramon Yepez, de la población de Boca de Aroa, Municipio Silva del Estado Falcón y la segunda en la calle principal del sector Buena Vista, casa S/N°, del Municipio Silva Estado Falcón, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 7.168.014 y V-11.102.704 respectivamente, asistidos en este acto por el Abogado BORIS LOPEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 40.011, y en co.....