Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA CON COMPETENCIA EN MATERIA DE JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SERVICIO PÚBLICOS) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO FALCÓN, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley: DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE ACCIÓN DE DESALOJO y en consecuencia se declara resuelto de pleno derecho el contrato de arrendamiento celebrado el 30-04-2006 y se ordena al demandado ciudadano RAFAEL ANDRÉS GARBOZA en su carácter de arrendatario a entregar el inmueble arrendado libre de personas y bienes, y en el buen estado de conservación y mantenimiento en el que lo recibió.