JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA CON COMPETENCIA EN MATERIA DE JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SERVICIOS PUBLICOS) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, presentada por los ciudadanos: OSWALDO JOSE AREND Y THAIS DEL VALLE PIÑA ADRIAN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-12.425.436 y V-12.743.010 respectivamente, domiciliados en la población de Tucacas, Municipio Silva del Estado Falcón, asistidos por la Abogada en Ejercicio JOSEFA GREGORIA GONZALEZ LOPEZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 160.976, y en consecuencia la DISOLUCIÓN del vinculo matrimonial que los unía. Liquídese además la comunidad de gananciales gener.....