DECISIÓN.
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola con Competencia en Materia de Jurisdicción Contencioso Administrativa (Servicios Públicos) de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa de prohibición de la ley de admitir la acción propuesta, opuesta por los co-demandados NORMA JOSEFINA DELGADO DE ACCIARITO, representada por la Abg. AGLENIS GUEVARA DE GUEVARA y EUSEBIO SILVA, representado por el Abg. FRANKLIN OMAR OLIVO, de conformidad con lo previsto en el artículo 356 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: como consecuencia de lo anterior se declara desechada la demanda y extinguido el proceso. TERCERO: Se condena en costa a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en juicio. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municip.....