este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, procede con la ejecución de la medida encomendada, por lo que administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADOS PROVISIONALMENTE LOS BIENES MUEBLES SEÑALADOS POR LA PARTE ACTORA, DEBIDAMENTE IDENTIFICADOS UT SUPRA Y VALORADOS POR EL PERITO AVALUADOR EN Bs. 97.680,00. Es todo. En este estado, interviene el apoderado actor y expone: Solicito al Tribunal designe a la notificada como Guarda y Custodia de los bienes muebles embargados en este acto, Asimismo, solicito al Tribunal Ejecutor remita las presentes actuaciones al Tribunal Comitente. Es todo. En este estado, el Tribunal Ejecutor visto lo solicitado por el apoderado actor, designa a la notificada, ciudadana Nancys de Jesús Arteaga de Vargas (identif), como Guarda y Custodia de los bienes muebles aquí embargados, quien estando presente acepta el cargo desi.....