Se practicó la ENTREGA MATERIAL DE INMUEBLE ordenada en Mandamiento por elTribunal de la causa, y dejó en posesión del apoderado judicial de la parte actora, Abg. RUBEN LUCENA; se entregó libre de personas, y algunos bienes muebles propiedad de la notificada SANTA MARTINsegún sus exposiciones, permanecen dentro del inmueble hasta su ytraslado efectivo, por cuanto requiere de trabajos especiales y personal especializado para su desmontaje y traslado; todo ello fue acordado entre las partes tal como quedó establecido en acta.-.-