Esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN incoado por el Abogado ÉDER JOEL HERNÁNDEZ, en su carácter de Defensor Público Sexto Penal del ciudadano ANTONIO LABRADOR MÉNDEZ, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Penal, que impuso la pena de CINCO AÑOS Y CUATRO MESES DE PRISIÓN al identificado ciudadano, por aplicación del procedimiento por admisión de los hechos, por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 149, segundo aparte, de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión objeto del recurso de apelación. Notifíquese a la parte incomparecien.....