Por todo lo antes expuesto esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Abogada DAILYD URBINA, titular de la cédula de 14.526.643, inscrita en el IPSA bajo el N° 100.548, con domicilio procesal en Churuguara Municipio Federación del estado Falcón, en la calle Independencia entre calles Ayacucho y Democracia, N° 56 actuando en su condición de Defensora Privada de los ciudadanos ALEXIS JESUS VERA CARABALLO, JOSE RAMON MEDINA SIERRA y CARLOS EDUARDO OCHOA PACHECO, a quien se le sigue asunto penal N° IP01-P-2007-000960, a los fines de que se le otorgue a sus representados una medida menos gravosa de las contempladas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente la prevista en el numeral 8° de dicha normativa legal.
Dada, sellada y firmada en la Sala de audiencia de la Corte de Apelaciones en Sala Acc.....