esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: COMPETETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado OSWALDO JOSÉ MORENO, inscrito en el inpreabogado bajo la matricula 3.563, en contra de la omisión de pronunciamiento judicial por parte del Tribunal Cuarto de Control de esta Circunscripción Judicial. Segundo: ADMISIBLE la referida acción de amparo constitucional por no estar inmersa en ninguna de las causas establecidas en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Tercero: IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS, la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el identificado abogado, por no verificarse ninguna lesión de carácter constitucional y tampoco que el Tribunal denunciado como agraviante haya actuado fuera de los límites de su competencia, con abuso de poder o arbitrariamente.