esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abogada YRENE TREMONT, Defensa Pública de los ciudadanos: YENNY CAROLINA YÁNEZ HERNANDEZ y ALÍ PÉREZ CANINO, antes identificado; contra el auto dictado en fecha 26 de Febrero de 2015 y publicado en fecha 27 de Febrero de 2015, por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, mediante el cual decreto la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los referidos ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOR y LESIONES GENERICAS, previsto y sancionado en el articulo 05 y 06 de la Ley Especial sobre el Robo y Hurto de Vehiculo Automotor, y LESIONES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano RAMON MORILLO.