Por todos los razonamientos antes expuestos, conforme a lo establecido en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en concordancia con el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, esta Jueza Presidente de la Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Inhibición planteada por el Juez Suplente de esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del estado Falcón, Abg. Hely Saúl Oberto, en el ASUNTO IP01-R-2006-000173.
Notifíquese a las partes. Líbrense Boletas de Notificaciones. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, a los 20 días del mes de diciembre de 2007.