Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN incoado por la Abogada HERMINIA CH. ARRIETA, Fiscal Segunda del Ministerio Público contra la SENTENCIA ABSOLUTORIA dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Penal en el proceso seguido contra los ciudadanos VÍCTOR RAFAEL SOTO, JULIO CÉSAR SANTIAGO CASTILLO y MIGUEL ÁNGEL ORTIZ CALLES,, antes identificados, conforme a lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal. Se fija para el día JUEVES 08 DE MARZO DE 2007, a las 10:00 AM la audiencia oral prevista en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal para que las partes debatan las razones y fundamentos del recurso interpuesto. Notifíquese a las partes. Líbrense boletas de notificación.
Dada, firmada y sellada en Sala de Audiencia d.....