En suma y con fundamento en las razones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado OSCAR SIERRA DORANTE, Defensor Privado del ciudadano SANTIAGO LACLE, ambos anteriormente identificados, contra el auto dictado en fecha 10 de Abril de 2007 por el Juzgado Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual NEGÓ LA ENTREGA DEL VEHÍCULO solicitado por los ciudadanos RICHARD GONZÁLEZ y SANTIAGO LACLE, conforme a lo establecido en el artículo 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal. Se CONFIRMA el fallo dictado por la Jueza Quinta de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal, objeto del recurso de apelación.
Regístrese, déjese copia, publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelac.....