esta Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, Declara: ADMISIBLE el Recuso de Apelación interpuesto por la Abogada YRENE TREMONT, Defensora Pública Cuarta Penal, actuando en este acto como Defensora del ciudadano DALVID OCLIDES AMAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 19.058.537, en contra de la decisión dictada en fecha 03/08/2.011 por el referido Tribunal de Control, presidido por la Abogada ELDA LORENA VALECILLOS MONTILLA, con ocasión a la celebración de la Audiencia Preliminar, en el Asunto Penal signado con el Nº IP11-P-2011-001685, seguido en contra del precitado ciudadano, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSOCOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLAN.....