En atención a las consideraciones precedentemente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por la autoridad que la Ley le confiere, declara: ADMISIBLE el Recurso de Apelación incoado por el Fiscal (A) Quinto del Ministerio Público, Abogado JOEL RUÍZ GARCÍA, contra la decisión publicada por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial con sede en Tucacas, el 06 de junio de 2007, en la causa nomenclatura 1CO-220-2007 seguida a los ciudadanos RUBÉN DARÍO PARGAS RADA, ROBERTO ALVAREZ BLANDIN y FRANCISCO MATA GRATEROL, por la presunta comisión del delito de Robo de Vehículo Automotor, que decretó la aplicación de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad contenida en el ordinal 1° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Esta Corte se reserva decidir sobre el fondo del asunto dentro de los 5 días siguientes a la publicación de es.....