esta Corte de Apelaciones, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JOSE LUIS RIVERO, en su condición de Defensor Público del ciudadano: JOSE LUIS FERNÁNDEZ plenamente identificado, apelación que se formaliza contra decisión dictada en fecha 24/04/2014 por el Tribunal Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, cuyos fundamentos en extenso fueron publicados en fecha 29 de Mayo de 2014, auto a través del cual SE DECRETÓ LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 parágrafo 1 de la Ley Orgánica d.....