esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA del trámite dado al recurso de apelación ejercido por el Abogado JUAN SÁNCHEZ ARCAYA, en su condición de Defensor Privado del ciudadano: JAIME JAVIER MANZANO ÁVILA, contra el auto dictado en fecha 30/04/2014 por el Juzgado Primero de Control de la Extensión Punto Fijo de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual declaró la privación judicial preventiva de libertad del mencionado ciudadano por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, por inobservancia de derechos y garantías consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se repone la causa al estado de que el Tri.....