Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO seguido contra Cruz Gotopo venezolano, mayor de edad, no porta cédula de identidad y residenciado en el Barrio Bobare, callejón Churuguara, casa N° 10, Coro Estado Falcón con motivo de la presunta comisión del delito de Violencia física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley orgánica sobre los derechos de la mujer a una vida libre de violencia., en perjuicio de MARIA DEL CARMEN COLINA MARTINEZ y Declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico procesal penal. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
ABG. ALFREDO CAMPOS LOAIZA
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
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