Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara Con Lugar la solicitud del Fiscal y le acuerda a la Imputada ROSMELYS DEL VALLE PÉREZ CHIRINOS cedula de identidad N° V- 19.251.480, soltera, de profesión estudiante, edad 19 años, fecha de nacimiento 19-12-86 , residenciado Urbanización playa Blanca calle 4 casa sin numero a dos cuadras de la Escuela Básica Bolivariana Playa Blanca.. Hija de Pablo Pérez y Nelida de Pérez. la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad establecida en el articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por el presunto delito de Hurto de material Electoral previsto y sancionado en el articulo 258 ordinal 4 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Ciudadana en perjuicio del Estado Venezolano. El presente procedimiento se llevara por el procedimiento Ordinario. Y ASI SE DECIDE. Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía del Min.....