este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se dicta SENTENCIA CONDENATORIA CONFORME AL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, en contra del acusado LEOMAR ANTONIO PEÑA GARCIA, portador de la cédula de identidad personal número V. ¿ 17.107.197, venezolano, soltero, de oficio vigilante, nacido el 26/02/79, domiciliado Pueblo Nuevo de Paraguana, Calle San José casa Nº 17, estado Falcón teléfono 0426-7698911, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionados en el artículo 25 de la Ley Sobre Armas y Explosivos en concordancia con el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; en consecuencia se le CONDENA a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, que cumplirá en el .....