este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: declara con lugar la solicitud presentada por la representación del Ministerio Público SEGUNDO: Impone a al imputado JUAN JOSÉ PARTIDA ACOSTA, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 30/06/1978, de 32 años de edad, con cédula de identidad Nro. 15.747.600, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, residenciado en Las Caldera, urbanización el Cardon, calle 4, casa Nº I-16, de Municipio Colina del Estado Falcón, teléfono 04141698684; hijo de José Benjamín partidas y Olga Margarita Acosta; la medida de privación judicial preventiva de libertad, conforme a lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito de Aprovechamiento Agravado de Cosa.....