Este Juzgador para resolver sobre lo solicitado, hace las siguientes consideraciones: Siendo que a este Tribunal no le consta de ninguna forma que el ciudadano OSWALDO RAFAEL JURADO, este incumpliendo con las obligaciones que le impusieran el Tribunal y el Fiscal Superior del Ministerio Público y solo se cuenta con lo manifestado por la victima. Este Tribunal primero de control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; NIEGA, la solicitud de fijar audiencia especial, para debatir lo solicitado, e insta al Fiscal del Ministerio Público, a iniciar todas las diligencias necesarias a los fines que mediante la investigación que se realice, se pueda demostrar la veracidad de lo denunciado por la victima y este tribunal cuente con suficientes elementos de convicción, que le permita tomar una decisión sobre lo solicitado. Y ASI SE DECIDE. Lábrese las boletas correspondientes
El Juez
El Secretario
Abg. José Alb.....